España da un paso firme en la gestión del agua con el nuevo Reglamento de Reutilización del Agua aprobado por el Real Decreto 1085/2024.
El pasado martes 22/10/2024 se aprobó este nuevo reglamento que introduce medidas innovadoras y más estrictas para garantizar un uso seguro y sostenible de las aguas regeneradas, alineándose con las exigencias europeas y los retos ambientales actuales.

A continuación, te presentamos los aspectos más relevantes.

Principales Novedades del Reglamento

  • Sustitución del RD 1620/2007: El nuevo reglamento deroga la normativa anterior, modernizando los requisitos y ampliando los usos del agua regenerada.
  • Alineación con la Normativa Europea: El Reglamento adapta el uso del agua regenerada a los estándares del Reglamento (UE) 2020/741, especialmente en el riego agrícola.
  • Nuevos Usos Permitidos: Se permite el uso de agua regenerada en ámbitos urbanos, industriales y recreativos, bajo estrictas medidas de control.
  • Plan de Gestión del Riesgo Obligatorio: Todas las instalaciones que reutilicen agua deben contar con un plan de gestión del riesgo aprobado y revisado periódicamente.
  • Incentivos Económicos: El uso de agua regenerada puede estar sujeto a subvenciones y exenciones tarifarias.

Usos Permitidos y Prohibidos del Agua Regenerada

A continuación, se muestra una tabla que resume los usos permitidos y prohibidos del Agua Regenerada.

Usos permitidos y prohibidos de reutilización de agua en España - Tevalcor

Requisitos de Calidad del Agua

Se distinguen cinco grandes grupos de clases de calidad de agua regenerada en función de la concentración de E.Coli: A+, A, B, C y D que deberán respetarse atendiendo a su uso o destino.

Las clases más altas, como A+, requieren tratamientos más avanzados:

Grupos de clases de calidad de agua regenerada - Tevalcor

Resumen de los requisitos de Calidad del Agua Regenerada según Uso con los Valores Máximos Admisibles (VMA)

Tabla I-1. Valor máximo admisible para uso urbano

Tabla I-3. Valor máximo admisible para uso agrícola

Tabla I-4.1. Valor máximo admisible para uso industrial, excepto en la empresa alimentaria 

Tabla I-4.2. Valor máximo admisible para uso en la empresa alimentaria

Tabla I-5. Valor máximo admisible para otros usos

Hacia una Gestión Transparente del Agua

Para fomentar la transparencia, se ha creado el Observatorio de la Gestión del Agua en España, que recopilará y publicará datos sobre el uso y la calidad del agua. Además, se crea y se regula el Sello de gestión transparente del agua, como un distintivo público que se concederá, a quienes cumplan con los objetivos de transparencia de la información y buena gestión del agua en el ámbito de sus competencias.

La obtención del Sello conllevará las siguientes facultades:

a) El empleo del logotipo del Sello en las actividades propias de las personas físicas o jurídicas distinguidas, con fines de comunicación y publicidad.

b) La participación en los actos públicos, jornadas, premios y cualquier otro tipo de actividades que desarrolle el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico o las comunidades autónomas, en su caso.